viernes, 21 de febrero de 2014

JURISPRUDENCIA DE INTERÉS SOBRE CRÉDITO SINDICAL

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (sede Santa Cruz de Tenerife) Sala de lo Social, sec. 1ª, S 24-4-2013, nº 252/2013, rec. 634/2012
Despido disciplinario de la trabajadora  por llevar a cabo una conducta abusiva y fraudulenta de su crédito sindical, por cuanto, solicitado que fuere a la empresa la autorización pertinente para hacer uso del mismo, no obstante, en determinados días (concretamente durante 4 días), la misma no empleó esas horas para ejercer sus funciones de representante, sino para atender su negocio o el de su compañero, o para otros fines particulares (ir de compras, footing, exposición de pintura..). La prueba de detective, es analizada por la Juez de instancia, quien califica la conducta abusiva y fraudulenta, concluyendo posteriormente el Tribunal Superior de Justicia,  que la habitualidad de dicha conducta en esos dias es correcta la calificación que la Juzgadora hace acerca del despido  

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